Proceso de Homologación de actividades de perfeccionamiento amplia sus ámbitos a otras áreas de capacitación

  • 1 Abr 2020
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  • por : Academia Judicial
  • Durante el segundo semestre se definirá la Malla 2021, incluyendo las solicitudes que lleguen de homologación de los planteles educacionales.
  • Hasta la fecha se han homologado durante este año un total de 151 programas de postgrados (entre magísteres, postítulos, diplomados y cursos).

Durante el 2020 la Academia Judicial ha definido ampliar los ámbitos de los programas homologados de estudios de postgrados, realizados en otros planteles educacionales, para incluirlo en la malla de actividades del Programa de Perfeccionamiento. 
Es así que serán homologables los cursos o programas cuya finalidad sea la entrega de conocimientos o el desarrollo de habilidades y destrezas necesarias para la función judicial, ya sea que se trate de certificados, diplomados, postítulos o especializaciones o magísteres, cualesquiera sean sus modalidades de ejecución: presencial, semipresencial o en línea.
Particularmente este año, el proceso no sólo se focalizará a temas relacionados con lo jurídico, sino a los ámbitos de las competencias para desempeñarse tanto en el Escalafón Primario como Secundario del Poder Judicial, siendo prioridad temporal las áreas del derecho, administración y psicología. 
Esta política permitirá a la Academia Judicial centrarse en las asignaturas definidas como estratégicas para la función judicial y que no son ofrecidas por ninguna otra entidad.
Principales aspectos asociados al Procedimiento de Homologación:
¿Qué actividades se pueden homologar? 
Son homologables los cursos o programas cuya finalidad sea la entrega de conocimientos o el desarrollo de habilidades y destrezas necesarias para la función judicial, ya sea que se trate de certificados, diplomados, postítulos o especializaciones o magísteres, dictados por instituciones públicas o privadas que impartan actividades de formación o capacitación dentro del territorio nacional, cualesquiera sean sus modalidades de ejecución: presencial, semipresencial u online. 
¿Cómo se presenta la solicitud? 
Podrán solicitar la homologación de actividades de capacitación las instituciones o personas naturales que las impartan, entidades del Poder Judicial o los/as propios/as funcionarios/as judiciales interesados/as en ello. La solicitud deberá hacerse enviando un correo electrónico a homologació[email protected].
¿Cuáles son los principales aspectos para la tramitación de las solicitudes? 
La Dirección elaborará un informe recomendando o no al Consejo Directivo la homologación de la actividad, en el cual se considerará: a) La calidad de la actividad, en cuanto a la consistencia entre los objetivos y las actividades, los antecedentes del cuerpo docente y la correcta estructuración del syllabus, No se requerirá mayor fundamentación para considerar la calidad a los cursos dictados por Universidades o por programas de Universidades con una acreditación de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA) igual o mayor a los 4 años. b) La pertinencia de la actividad en función de las necesidades de capacitación y/o perfeccionamiento de los/as funcionarios judiciales detectadas por la Academia Judicial. La decisión sobre la homologación corresponderá al Consejo Directivo de la Academia Judicial.