Homologación de actividades de terceros

Homologación de actividades de terceros

Este procedimiento permite integrar actividades de capacitación y/o perfeccionamiento, organizadas o dictadas por instituciones externas, a la oferta del Programa de Perfeccionamiento de la Academia Judicial.

Bajo esta modalidad, se pueden homologar diversos formatos académicos, tales como:

  • Cursos y postítulos.

  • Diplomados.

  • Magísteres y doctorados.

El principal impacto para nuestros destinatarios y destinatarias es el reconocimiento de su formación: al cursar un programa homologado, se considera que el integrante del Poder Judicial cumple con su obligación legal de postular anualmente a actividades de capacitación.

Este proceso se fundamenta en el artículo 16 de la Ley N°19.346 de la Academia Judicial. Es importante destacar que se trata de una convocatoria abierta y permanente, por lo que no existen plazos límite para presentar las solicitudes.


Invitamos cordialmente a las universidades e instituciones formativas a presentar sus programas para el proceso de homologación.

Esta es una oportunidad para que sus actividades académicas formen parte del ecosistema de perfeccionamiento de la Academia Judicial, aportando directamente a la actualización profesional de los integrantes del Poder Judicial. Al homologar sus programas, aseguran que sus alumnos vinculados a la institución cumplan con sus requisitos legales de capacitación continua.

Para solicitudes y consultas escribir a: [email protected]

A continuación, podrá encontrar el Protocolo de homologación vigente y el listado actualizado de los programas homologados a enero de 2026.




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