RESUMEN
La Ley 21.675 que se reporta, tiene como uno de sus objetos el responder a los compromisos internacionales asumidos en materia de Derechos Humanos, particularmente en lo relativo a la “Convención Belém do Pará”, la que exige “incluir en su legislación normas penales, civiles y administrativas, así como las de otra naturaleza que sean necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y adoptar las medidas administrativas apropiadas que sean del caso” (artículo 7, c).
El impacto que tiene la nueva ley es muy grande y en variados ámbitos. En este reporte se quiere organizar, sistematizar y destacar aquellos aspectos que aparecen como relevantes para el desempeño de juezas y jueces transversalmente.
A modo ejemplar podemos señalar que existe una gran cantidad de nuevas definiciones legales, principios, reglas de interpretación y sobre las formas que puede asumir la violencia. Pero, además, en lo que al Poder Judicial toca específicamente, hay un título completo dedicado al “Acceso a la justicia de las mujeres frente a la violencia de género”, con mandato específicos sobre competencia, diligencias obligatorias, medidas cautelares, notificaciones.
Por otra parte, la Ley 21.675 incorpora dos párrafos específicos con normas que tienen como destinatarios los tribunales de familia y a los tribunales con competencia penal, además de modificaciones particulares a normas tales como la Ley de tribunales de Familia, al Código del Trabajo, a la Ley 20.069, etc.
Invitamos a la lectura del presente reporte que se presenta con un índice interactivo que le permite acceder directamente a cada uno de los temas con solo hacer clic sobre cada uno de ellos.
Esperamos le sea de utilidad en su desempeño diario.